¿Qué es una asociación? definición, características y tipos

Definición: El término camaradería, se utiliza para referirse a una estructura empresarial en la que dos o más individuos, se unen para emprender una negocio legal y he acordado compartir las ganancias y las pérdidas que surge de ella. los gestión y operación del negocio debe ser realizado por todos los socios o cualquiera de ellos, actuando en nombre de todos los socios.

La Alianza es la relación que subsiste entre individuos, que han decidido poner en común su dinero, habilidades y recursos en los negocios, para compartir ganancias y pérdidas, en una proporción acordada. Los miembros de una sociedad, se conocen conjuntamente como firma de sociedad y conocido como socios.

En India, se rige por el Ley de Asociación India de 1932 y se forma según las disposiciones de la ley. Se inicia mediante un acuerdo legal entre socios, denominado como escritura de sociedad. Establece los términos y condiciones que regulan la asociación, como el índice de participación en las pérdidas y ganancias, la naturaleza del negocio, la duración del negocio, los deberes y obligaciones de los socios, el capital aportado por cada socio, la forma de hacer negocios, etc.

Características de la asociación

camaradería

  1. Afiliación: Por lo menos dos Se requiere que las personas comiencen una sociedad, mientras que el número máximo de miembros se limita a 100. Además, todas las personas que se asocian deben ser legalmente competentes para hacerlo, ya que deben celebrar un contrato para convertirse en socios. Así, los menores, los insolventes y los locos no pueden convertirse en socios, pero un menor puede ser admitido como socio, para compartir beneficios.
  2. Responsabilidad ilimitada: Los miembros de una sociedad tienen responsabilidad ilimitada, es decir, son responsable colectiva e individualmente para las deudas y obligaciones de la empresa. Por lo tanto, si en caso de que los activos comerciales no sean adecuados para reembolsar los pasivos, los acreedores pueden reclamar los activos personales de todos o de cualquier socio para realizar el monto pendiente.
  3. Reparto de pérdidas y ganancias: El objetivo principal de la asociación es compartir los beneficios en el proporción acordada. Sin embargo, en ausencia de un acuerdo entre los socios, las ganancias o pérdidas comerciales se dividen por igual entre todos los socios.
  4. Agencia Mutual: El negocio de la asociación es realizado por todos los socios o cualquiera de los socios, que actúa en nombre de todos los socios. Entonces, cada socio es un principal además de un agente. Además, el Los actos de los socios vinculan entre sí y a la empresa..
  5. Registro voluntario: El registro de sociedad no es obligatorio, pero es recomendado, ya que ofrece ciertos beneficios, p.ej en caso de cualquier conflicto entre socios, cualquier socio puede presentar una demanda contra otro socio o si hay alguna disputa entre la firma y la parte externa, entonces también la firma puede presentar un caso contra esa parte.
  6. Continuidad: Hay un falta de continuidad en sociedad, como muerte, quiebra, jubilación o locura de cualquier socio puede conducir a la asociación para terminar. Aunque, si los socios restantes quieren continuar con las operaciones, pueden hacerlo mediante un nuevo acuerdo.
  7. Relación contractual: La relación que subsiste entre socios se debe al contrato, que puede ser oral, escrito o implícito.
  8. Transferencia de interés: Consentimiento mutuo de todos los socios es imprescindible para transferir el interés de la firma a cualquier parte externa.

En una asociación, la toma de decisiones se realiza con el consentimiento mutuo de todos los socios. Comparten entre ellos la toma de decisiones y el control del funcionamiento normal del negocio.

Tipos de asociación

  • Por duración:
    • Asociación a voluntad: Asociación existente según la voluntad de los socios.
    • Asociación particular: Cuando se crea la asociación, para llevar a cabo un determinado proyecto, durante un tiempo determinado.
  • Por responsabilidad:
    • Sociedad General: Sociedad en la que los socios tienen responsabilidades ilimitadas y mancomunadas. Todos los socios pueden participar en la gestión y están vinculados por los actos de los demás y de la empresa.
    • Sociedad de responsabilidad limitada: El tipo de sociedad en la que, excepto un socio, todos los socios tienen responsabilidad limitada.

Esta forma de organización empresarial es fácil de configurar porque no requiere tarifas ni procesos. Además de esto, los socios disfrutan beneficio fiscal, como en, la ganancia obtenida o la pérdida incurrida por el negocio pasar a la declaración del impuesto sobre la renta personal del socio.

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