Definición: La consignación implica un acuerdo comercial, en el que una parte transfiere bienes a otra parte sin pago inmediato, quien acuerda venderlos en nombre y riesgo de la primera, según las instrucciones, a los clientes, por una comisión como un porcentaje de ingresos procedentes de la venta.
Se opta por consignación cuando el titular de la mercancía no dispone de sucursal en una zona o lugar determinado.
La persona que transfiere la mercancía se llama consignador, mientras que la persona a quien se transfieren los bienes es el consignatario. La relación entre el expedidor y el destinatario es la de principal y agente, y no de un comprador y un vendedor, por lo que el consignador actúa como principal y el consignatario es el agente.
El destinatario tiene derecho a pagar al expedidor las mercancías cuando se efectúan las ventas. Si hay existencias sin vender y el plazo del contrato expira, se devolverán al propietario de la mercancía, es decir, al remitente.
Proceso de envío
Entendamos el proceso de envío con la ayuda de la figura:
Características del envío
En consignación, el consignador designa a otra persona como su agente (consignador) para vender la mercancía, contra la cual recibe una comisión. Los próximos puntos presentarán las principales características del envío:
- La propiedad de las mercancías sigue siendo del principal, es decir, el expedidor, y sólo la posesión se transfiere al agente, es decir, el destinatario.
- Las mercancías que se trasladan, envían o despachan se denominan consignación.
- Todos los gastos incurridos en relación con el envío corren a cargo del remitente únicamente.
- El destinatario no será responsable de los daños sufridos por las mercancías durante el tránsito.
- Todo el riesgo y la recompensa asociados con el envío pertenecen únicamente al remitente.
Todo producto de la venta recibido se remite al consignador, después de deducir los gastos (como los gastos de publicidad, los gastos de venta, el alquiler, los gastos de carga / descarga, etc.) y la comisión.
Comisión
El destinatario tiene derecho a una comisión por las ventas realizadas en nombre del remitente que se calcula según su naturaleza. Hay tres tipos de comisiones pagadas en caso de envío:
- Comisión Ordinaria: La contraprestación pagadera al consignatario, por el consignador, por las ventas realizadas, cuando el consignatario no sea responsable de la morosidad que pudiera surgir. Se calcula como porcentaje de las ventas brutas.
- Comisión Del-Credere: Es la comisión extra que se paga al consignatario cuando asume la responsabilidad de cobrar el dinero de los clientes a los que se venden los bienes a crédito. Además, si los clientes se niegan a pagar la cantidad, el destinatario soporta la pérdida de las deudas incobrables. Se calcula sobre las ventas totales y no sobre las ventas a crédito a menos que se especifique lo contrario.
- Comisión Suprema: Es una comisión especial pagadera al consignatario cuando vende la mercancía sobre el exceso del precio de venta sobre el precio de factura.
Factura de proforma
El consignador envía la factura proforma de los bienes consignados. Una factura proforma es una declaración que se utiliza para proporcionar información sobre los detalles de las mercancías enviadas al destinatario.
Ventas de cuenta
Las ventas de la cuenta son enviadas por el destinatario, que contiene todos los detalles relacionados con las ventas realizadas por el destinatario, los gastos incurridos, los bienes destruidos en tránsito, una comisión ganada por el destinatario y el saldo adeudado al consignador. Si el destinatario realiza algún anticipo en forma de efectivo o letras de cambio, el mismo también se ajustará al producto recibido de los bienes vendidos.
En los libros del consignador, se prepararán tres cuentas: Cuenta de consignación, Mercancías enviadas a Cuenta de consignación y Cuenta del consignatario. Sin embargo, en los libros del Consignatario, se creará la Cuenta del Consignador.
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